Historia del transporte en cisterna

Reportaje

Todo lo que hay que saber del ADR.

En España más del 85% de las mercancías en tráficos nacionales se mueven por carretera y de este porcentaje una parte importante corresponde a camiones que realizan transporte en cisterna, una especialidad muy amplia que abarca desde las mercancías peligrosas a los productos químicos, pero también muchos alimentos (vino, aceite, leche, etc) y muchos productos pulverulentos y graneles. La historia del transporte en cisterna comenzó con los movimientos de petróleo y combustibles en la década de los cuarenta, para en los años sesenta y setenta ampliar sus actividades a todo tipo de mercancías.


El Observatorio de Costes que elabora el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA), contempla que en función de las mercancías que transportan y de sus características técnicas específicas existen diferentes especialidades de transporte en cisterna: productos químicos e industriales, mercancías peligrosas (combustibles, gases, queroseno, etc), productos para alimentación (leche, agua, aceite, etc), pulverulentos (harina, cemento, etc) y graneles (azúcar, sal, granos, etc).

Como actividad industrial el transporte en camiones cisterna comenzó a tomar auge y cuerpo en la década de los años 40, cuando a falta de canalizaciones y conducciones el petróleo en crudo debía ser transportado por carretera desde los lugares de producción a las refinerías y de ahí a las estaciones de servicio.

Pero antes del petróleo las cisternas tuvieron su primera razón de ser en los servicios de extinción de incendios que operaban en las grandes ciudades y que para realizar su labor con eficacia debían disponer in situ del suficiente almacenamiento de agua en unidades móviles, lo que motivó que los carroceros de la época trabajaran en la construcción de las primeras unidades de camiones cisterna.



El vino y el aceite mandan.

Antes del despegue industrial y económico que tuvo lugar en España a partir de la década de los años sesenta, los primeros camiones cisterna crecieron en número en nuestro país con el objetivo de responder a las necesidades de transporte y comercialización de dos productos agrícolas fundamentales del «made in Spain»: vino y aceite.

En ambos casos nuestro país es uno de los más importantes productores europeos, pero al tratarse de dos líquidos que no tienen consideración de mercancías peligrosas, no fue necesario que la normativa de transporte de la época fuera especialmente rigurosa y exigente con este tipo de vehículos.

Por el contrario, el desarrollismo de los años setenta y la creación de diferentes instalaciones petroquímicas en distintos puntos del país, provocó que el transporte en camiones cisterna de gases, productos químicos, etc, creciera en volumen e importancia, sumándose a este efecto un incremento del consumo de combustibles de automoción, lo que motivó que nuestro país acabar por sumarse al Convenio ADR (Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera).


«España es uno de los 49 países que han suscrito el Acuerdo ADR para el transporte de mercancías peligrosas por carretera».



Qué es el ADR.

Presentado oficialmente en Ginebra en septiembre de 1957 el Acuerdo ADR, al que desde entonces se han adherido un total de 49 países, se revisa cada dos años y su objetivo principal es garantizar la total seguridad del transporte por carretera de mercancías peligrosas. 

Por esta razón la normativa ADR afecta tanto a camiones cisterna y a la formación y titulación de sus conductores, como a envases, embalajes, procesos de carga y descarga, etiquetado, señalización de los vehículos, etc.

El Acuerdo ADR responde a la versión europea de los protocolos establecidos por el Comité de Expertos en transporte de mercancías peligrosas de Naciones Unidas, que desde 1997 son conocidos como el «Libro Naranja».

El ADR establece que existen 9 clases generales de mercancías peligrosas y 13 clases específicas:

  • Clase 1: Materias explosivas.
  • Clase 2: Gases.
  • Clase 3: Líquidos inflamables.
  • Clase 4: Materias sólidas inflamables.
  • Clase 5: Materias comburentes.
  • Clase 6: Materias tóxicas.
  • Clase 7: Materias radiactivas.
  • Clase 8: Materias corrosivas.
  • Clase 9: Otras materias peligrosas.

«Para conducir cisternas de mercancías peligrosas los conductores deben estar en posesión del correspondiente certificado ADR».



Cómo ser conductor ADR.

Los permisos de conducir profesionales -C1, C, C1+E y C+E- no habilitan para la conducción de camiones que transporten mercancías peligrosas, por lo cual los chóferes de este tipo de vehículos deben disponer como mínimo del carné ADR Básico.

Se trata de un certificado que tiene una validez de cinco años, después de los cuales es necesario renovarlo, y que autoriza a conducir todo tipo de mercancías peligrosas en camiones rígidos, salvo las comprendidas en las Clases 1 y 7.

Por otro lado, para poder conducir camiones rígidos con cisterna y tráiler de mercancías peligrosas con semirremolques o remolque cisterna, es necesario que los conductores estén en posesión del denominado ADR Cisternas y que es una ampliación del ADR Básico. 

En caso necesario a este ADR Cisternas se añadirá el correspondiente ADR Explosivos y el ADR Radioactivos. 

Finalmente, resaltar que todos los transportes de mercancías peligrosas están obligados a utilizar la Red de Itinerarios de Mercancías Peligrosas (RIMP), mientras que el resto de camiones cisterna pueden utilizar sin restricciones la totalidad de las carreteras españolas.

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